domingo, 5 de agosto de 2007

Se suelen anticipar cantidades antes de firmar el contrato de compraventa. Una vez firmada la escritura, hay que inscribirla en el registro de la prop

La fórmula a elegir para instrumentar las cantidades a cuenta depende del grado de compromiso que se quiera asumir: desde la señal hasta el pago como parte del precio en el contrato de compraventa. No olvide pedir al vendedor justificantes de las cantidades entregadas.Procure firmar directamente la escritura ante Fedatario Público. En caso de que no sea posible, se debe indicar en el contrato privado la fecha en que será elevado a público. Una vez un contrato inmobiliario se eleva a escritura pública, se inscribe en el Registro de la Propiedad, que es la mejor garantía de certificar la propiedad de la vivienda y protegerse frente a terceros.

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